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SCJN prohíbe publicidad de cigarros en las revistas

Viernes, 06 de Julio de 2012 a las 10:10

 

Persona fumandoMéxico- La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la prohibición de mensajes publicitarios de cigarros en revistas que no estén dirigidas a mayores de 18 años, y señaló que dicha publicidad puede ser suspendida de manera precautoria por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), sin que esto implique una violación del derecho al trabajo de las empresas tabacaleras.

Por mayoría de votos, los ministros de la Primera Sala respaldaron el proyecto de sentencia del ministro José Ramón Cossío Díaz, quien señaló que dicha suspensión no implica una privación de la libertad o derechos de los gobernados, sino que su objeto consiste en tomar decisiones para evitar riesgos que perjudiquen el interés público.

CigarroUna vez ordenada la suspensión, se iniciará un procedimiento administrativo a efecto de analizar si la publicidad cumple o no con los requisitos establecidos en la ley para que ésta sea considerada legal.

El caso derivó de un amparo que promovió la empresa British American Tobacco de México, que argumentó que los artículos 402, 404 y 413 de la Ley General de Salud eran violatorios de la garantía de audiencia al establecer el procedimiento sin oír previamente al gobernador en defensa propia.

Publicidad de hombre fumandoLa Primera Sala determinó que la acción de seguridad sanitaria autorizada en dichos artículos, tiene como bien jurídico tutelado la salud de la población, como una cuestión de orden público e interés social.

Además, la Cofepris ordenó a la industria tabacalera la suspensión de sus mensajes publicitarios de cigarros, argumentando que no se presentaban en revistas exclusivas para adultos, infringiendo el artículo 23 de la Ley General para el Control del Tabaco, el cual señala que la promoción de tabaco únicamente será dirigida a mayores de 18 años a través de revistas que sólo se pueden vender a ese público.

Fuente: Milenio.
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Última modificación:
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